Según el Decreto Supremo N°5167 determina que las obligaciones del Distribuidor en la Generación Distribuida son:Inspeccionar y verificar la conexión de sistemas de generación.Desarrollar procedimientos para implementar y registrar la Generación Distribuida.Retribuir la energía inyectada a la red según reglamento.Cumplir con los plazos estipulados por el Ente Regulador .
Con la firma entre la UTO y ENDE DEORURO S.A., la Facultad Nacional de Ingeniería se convierte en la primera institución educativa en Oruro en registrarse para generar su propia energía limpia con 48 módulos fotovoltaicos y una capacidad de 25 kW. Un paso clave hacia la sostenibilidad y el ahorro energético, alineado con el Decreto Supremo N° 5167. .
De acuerdo con las últimas modificaciones en el Decreto Supremo N°5167, la capacidad de generación se organiza en las siguientes categorías:Nanogeneración: Menor o igual a 10 kW, Microgeneración: Mayor a 10 kW y Menor o igual a 50 kW Minigeneración: Mayor a 50 kW y Menor o igual a 500 kW Macrogeneración: Mayor a 500 kWEstas actualizaciones buscan optimizar el aprovechamiento energético a través de sistemas de Generación Distribuida. .